INFORMACIÓN ACERCA DE QUÉ ES LO QUE SE ELIGE, CUANDO SE ELIGE A UN DECANO…
G O B I E R N O D E L A S F A C U L T A D E S
El Consejo Directivo, conjuntamente con el Decano, ejerce el gobierno de las Facultades.
Decano
El Decano es el representante máximo de la Facultad en todos los actos civiles, administrativos y académicos. Durará cuatro (4) años en sus funciones. Para poder acceder a un nuevo mandato deberá transcurrir un período.
Obligaciones y Facultades
Corresponde al Decano:
1º) Presidir el Consejo Directivo de la Facultad, ejecutar sus resoluciones y disposiciones, y dirigir la administración general de la Facultad.
2º) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de los Consejos Superior y Directivo.
3º) Representar oficialmente a la Facultad en todos los actos y comunicados de la misma.
4º) Dictar disposiciones sobre el gobierno interior, didáctico, disciplinario y administrativo de su Facultad, de acuerdo con las ordenanzas y reglamentaciones vigentes.
5º) Convocar al Consejo Directivo por sí o a solicitud de por lo menos un tercio de sus miembros.
6º) Expedir, conjuntamente con el Rector de la Universidad, los diplomas de las profesiones y grados científicos.
7º) Extender permisos y certificados de examen con sujeción a las ordenanzas del Consejo Superior y del Consejo Directivo.
8º) Nombrar por concurso o por antecedentes, y remover al personal no docente de la Facultad, previo sumario y según normas vigentes.
9º) Ejercer la jurisdicción disciplinaria dentro de la Facultad.
10º) Otorgar licencia a los docentes y al personal conforme al régimen general establecido al efecto, dando conocimiento al Rector de la Universidad.
11º) Determinar la fecha, orden y forma de inscripción, exámenes y demás pruebas de suficiencia, dentro de las épocas y normas de carácter general que fije el Consejo Superior.
12º) Enviar mensualmente al Rector de la Universidad copia de las actas de las sesiones del Consejo Directivo y de los demás documentos oficiales que deban publicarse en el “Boletín de la Universidad”.
13º) Proponer al Consejo Directivo las designaciones del personal docente interino.
14º) Convocar al claustro de profesores con fines científicos, didácticos o culturales.
15º) Designar a los representantes de la Facultad ante congresos y reuniones científicas del país y del extranjero.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por su comentario